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Recorte de prensa
Fuente: El Diario de Ávila

La Sección primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de casación presentado por el Ayuntamiento de La Adrada.
Este recurso se presentó cuando el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Burgos, declararó nulos dos acuerdos urbanísticos sobre una parcela situada en el reguero de Doña Ana.
En este solar estaba previsto construir viviendas de protección oficial. El Tribunal Supremo declara su sentencia como firme y condena al Ayuntamiento de La Adrada a hacerse cargo de las costas generadas por este proceso judicial. Los dos acuerdos declarados nulos se aprobaron en los Plenos del 24 de noviembre y 12 de diciembre de 1.999 en La Adrada y fueron llevados a los tribunales por los concejales del Grupo APLA y uno de los propietarios implicados en el caso.
En el acuerdo del 24 de noviembre de 1.999 se aprobó una propuesta de permuta entre el Ayuntamiento y la empresa Ecosistemas del Tiétar S.L., por la que el Consistorio cedía suelo lucrativo de 9.417 metros cuadrados y recibía a cambio 15 parcelas ya urbanizadas de un total de 51, que se construirían en este solar. La empresa corría con los gastos de la urbanización.
Respecto al acuerdo del 12 de diciembre de 1.999 se fijaba la división de la parcela ubicada en el Reguero de Doña Ana en tres, debido a la falta de entendimiento de dos de los tres propietarios, por la que la urbanización estaba paralizada.
Cuando el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Burgos, anuló estos dos acuerdos, Juan José Tomás, alcalde adradense, manifestó que se trataba de «una mala tramitación del expediente por parte de los técnicos» y echó toda la culpa del caso a la anterior secretaria del Ayuntamiento. Además, aseguró que una de las personas que había interpuesto la demanda quería apropiarse de 1.500 metros cuadrados de propiedad municipal.

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